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Principales elementos establecidos en los estatutos de la Corporación:  a) Duración: La corporación tiene una duración de 3 años, renovables automáticamente, salvo acuerdo en contrario de la asamblea de socios.
b) Objeto:
El objeto especifico de la Corporación es “Promover el mercado
financiero nacional en la comunidad internacional, tanto como un
destino de inversión financiera, así como una plaza atractiva para
desarrollar actividades de servicios financieros y complementarios, y
constituir un mecanismo de canalización de las aprensiones,
requerimientos y necesidades de los inversionistas extranjeros
interesados en realizar negocios en Chile”.
c) Patrimonio: El patrimonio de la Corporación está constituido por: (i) Las cuotas de incorporación que deberán pagar quienes hayan sido aceptados como socios activos por 2/3 del directorio; (ii) Las cuotas ordinarias que paguen los socios activos, las que deberán ser fijadas anualmente por el directorio; (iii)
Las cuotas extraordinarias que, por una sola vez al año, podrá fijar el
directorio para los efectos de financiar algún proyecto específico; (iv) Las rentas que produzcan los bienes de la Corporación y demás ingresos provenientes de sus actividades y; (v)
Los bienes que adquiera a título gratuito u oneroso y, en general, los
aportes voluntarios que personas naturales o jurídicas suscriban en
favor de la Corporación, ya sea que ellos consistan en el uso de bienes
u obtención de servicios gratuitos.
d) Clases de socios: La Corporación podrá tener un número ilimitado de socios, los que podrán ser activos, colaboradores y honorarios. (i)
Socios activos: Aquellas personas naturales o jurídicas que tengan
interés en participar activa y sostenidamente en el logro de los
objetivos de la institución. Para ser socio activo se requiere, en el
caso de las personas naturales, cumplir copulativamente con los
siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad; b) Ser profesional,
técnico o especialista en cualquier área que se relacione, directa o
indirectamente, con el objetivo a que se hace referencia en el artículo
cuarto de los presentes estatutos; c) No haber sido condenado o no
encontrarse actualmente formalizado por infracción a lo dispuesto en
los artículos 59, 60, 61, 62 y 63 de la ley Nº 18.045 sobre Mercado de
Valores. La calidad de socio activo se adquiere: a) Por
suscripción del acta de constitución de la Corporación, o b) Por la
aceptación del Directorio, acordada por los dos tercios de sus
miembros, de la solicitud de ingreso del nuevo miembro, la que deberá
ser patrocinada, previo pago de la cuota de
incorporación fijada por el Directorio.
Quienes adquieran la
calidad de socios activos por aceptación del primer directorio estarán
exentos del pago de la cuota de incorporación, debiendo únicamente ser
patrocinados por un solo socio.
(ii) Socios colaboradores:
Aquellas personas naturales o jurídicas que, sin tener la plenitud de
los derechos y obligaciones de un socio activo, soliciten su
incorporación a la Corporación con el objeto de colaborar para el logro
de sus objetivos, ya sea en forma pecuniaria o mediante acciones que
redunden en beneficios directos o indirectos para la institución y cuya
solicitud sea aceptada por los dos tercios del Directorio. (iii)
Socios honorarios: Aquellas personas que se hayan distinguido por los
servicios prestados a la Corporación o que hayan contribuido
públicamente al desarrollo del mercado de capitales chileno, siempre
que así lo acuerde la unanimidad del Directorio. La calidad de
socio se pierde por renuncia escrita, limitándose el Directorio a tomar
conocimiento de ella o por expulsión acordada por los dos tercios del
Directorio, por incumplimiento reiterado de los Estatutos y por motivos
graves y justificados.
e) Derechos y obligaciones de los socios:
(i) Socios Activos: - Pagar oportunamente las cuotas ordinarias y extraordinarias;
- Asistir a las Asambleas con derecho a voz y voto;
- Elegir y ser elegidos para cargos directivos;
- Presentar mociones y proyectos para estudio del Directorio y consideración de la Asamblea General;
- Fiscalizar las operaciones administrativas, financieras y contables, a través de los organismos pertinentes;
- Proponer
a la Asamblea la censura y remoción de directores, cuyas actuaciones
sean consideradas perjudiciales para la Corporación;
- Solicitar la convocatoria de una Asamblea Extraordinaria para tratar asuntos determinados;
- En
general, participar activamente en los viajes, trabajos, seminarios,
encuentros, estudios, investigaciones, proyectos, planes, comisiones,
programas y actividades de la Corporación y cumplir las tareas y
comisiones a que se obliguen o que se le encomienden.
(ii) Socios Colaboradores: - El derecho a asistir a las reuniones válidamente convocadas, con derecho a voz.
- Presentar mociones y proyectos para estudio del Directorio o consideración de la Asamblea General.
- En
general, participar en las actividades, trabajos, planes y programas de
la Corporación y cumplir las tareas y comisiones a que voluntariamente
se obliguen.
f) Administración: La Corporación es
administrada por un Directorio, compuesto de 7 miembros, los que
durarán 1 año en sus cargos, reelegible por igual periodo, en forma
indefinida. El Presidente, quién además preside la Corporación, así
como el Vicepresidente, el Secretario y el Tesorero, serán elegidos por
el propio directorio de entre sus miembros.
g) Modificación de estatutos y disolución:
Cualquier modificación de los estatutos y la disolución de la
Corporación deberá ser aprobadas por una Asamblea Extraordinaria
convocada exclusivamente para tales efectos.
h) Destino de los bienes luego de la disolución: Fundación Teletón.
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